La norma en pocas palabras

La plaza de Santa Ana, sus terrazas y sus bares

La Ley 5/2002 de la Comunidad de Madrid sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos (artículo 30.3) establece que no se permite la venta ni el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, salvo en terrazas, veladores y en días de feria o fiestas patronales. La norma se aplica en toda la región, por tanto en Madrid.

  • Permitido: beber en la terraza de un bar o restaurante, dentro de un establecimiento y en las fiestas locales autorizadas.
  • Prohibido: beber en la calle, en una plaza o en un parque, incluida su propia botella comprada en el supermercado.

El botellón

El botellón consiste en reunirse en grupo para beber en la vía pública alcohol comprado en una tienda. Es justo lo que persigue la norma, y es una infracción administrativa: la policía municipal puede imponer una multa. No damos aquí ningún importe: las cifras que circulan por internet varían y no hemos podido confirmarlas en una fuente oficial actualizada. Para saberlo, consulte al Ayuntamiento de Madrid.

Para un visitante, lo más sencillo es beber en una terraza: lugares como la Plaza Mayor o el Parque del Retiro son más adecuados para un café y un picnic sin alcohol.

Comprar alcohol

Los supermercados y las licorerías venden alcohol, y la edad mínima es de 18 años: la misma ley prohíbe suministrar o consumir alcohol antes de los 18. Llevar una botella cerrada en una bolsa no es un problema en sí; lo que se persigue es el consumo en la vía pública.

Qué hacer en la práctica

  • Para tomar algo al aire libre, elija una terraza: está sentado, le sirven y está permitido.
  • Para un picnic, lleve agua o refrescos; el agua es gratuita en las fuentes (consulte el agua del grifo en Madrid).
  • Para salir de noche, consulte los bares y horarios en Madrid de noche y las trampas cerca de los bares en estafas que evitar.

Tabla resumen

Situación Norma
Beber en la terraza de un bar o restaurante Permitido
Beber en la calle, en una plaza o en un parque Prohibido (botellón)
Beber en una fiesta patronal o feria autorizada Permitido dentro de lo fijado por la fiesta
Comprar alcohol 18 años como mínimo

Normas comprobadas en octubre de 2026 en la Ley 5/2002 de la Comunidad de Madrid. Importe de las multas no confirmado.

Para ir más lejos

Todas las costumbres que conviene conocer están reunidas en nuestras normas y buenas maneras en Madrid.